“El nombre que damos a las cosas se relaciona íntimamente con nuestro modo de afrontarlas” (OMS, 1990) y a su vez la terminología empleada influye en las actitudes sociales. 

Los conceptos o términos que se empleen para describir una característica humana, un fenómeno social, una situación de vulnerabilidad o fragilidad, deberían atenerse a algunos criterios. Y en concreto que los términos y conceptos que se utilicen en los textos legales, al margen de la cobertura de prestaciones derivada de las políticas sociales vigentes en cada circunscripción del espacio europeo, deben ser: 
  • Unívocos. Cada término tenga un único significado. 
  • Objetivos. Es decir que no se presten a interpretaciones subjetivas.
  • Neutros. Es decir que sean meramente descriptivos y no impliquen aspectos valorativos. 
  • Respetuosos. Es decir que no resulten peyorativos ni atenten contra la dignidad humana.

La situación de dependencia implica siempre un déficit de autonomía personal, en mayor o menor grado

DEFINICIÓN DE AUTONOMÍA (LAPAD):
“la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.”
  • Capacidad. El diccionario de la Real Academia Española define la capacidad, entre otras acepciones, como “Aptitud, talento, cualidad que dispone a alguien para el buen ejercicio de algo.”
  • Autodeterminación (Controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias).
  • Desarrollo las actividades básicas de la vida diaria, definidas en la LAPAD como: “las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas”.

CONCEPTO DE DEPENDENCIA (LAPAD): 

"el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal"
  • Carácter permanente de esta situación. La American Medical Association (AMA) define como permanente: “La deficiencia que se ha estabilizado con o sin tratamiento médico y que no es probable que remita a pesar del tratamiento médico”. 
    • De acuerdo con ello, en la situación ligada a la patología a valorar debemos aplicar la consideración "de no ser probable que remita la falta o perdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial ", a pesar del tratamiento médico.
  • Existencia de una limitación física, psíquica o intelectual que merma determinadas capacidades de la persona.
  • La incapacidad de la persona para realizar por sí mismo las actividades de la vida diaria, y la correlativa necesidad de asistencia o cuidados por parte de un tercero o un producto de apoyo
  • ABVD: Tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas. • Cuando la limitación no puede compensarse mediante la adaptación del entorno, provoca una restricción en la participación que se concreta en la dependencia de la ayuda de otras personas para realizar las actividades de la vida cotidiana.
  • Las razones pueden derivarse de la edad, la enfermedad o la discapacidad: 
    •  No se valora la enfermedad sino sus consecuencias en forma de déficit, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. El diagnóstico de una enfermedad no es un criterio de valoración en si mismo.
      • Existe una estrecha relación entre dependencia y edad, pues el porcentaje de individuos con limitaciones en su capacidad funcional aumenta conforme consideramos grupos de población de mayor edad. 
    • Ese aumento en las tasas de prevalencia por grupos de edad no se produce a un ritmo constante, sino que existe una edad (alrededor de los 80 años) en que dicho aumento se acelera notablemente. 
    • No es extraño por ello que la dependencia se vea como un problema estrechamente vinculado al envejecimiento demográfico y que algunas veces, se tienda a considerar como un fenómeno que afecta sólo a los mayores. 
    • En realidad, la dependencia recorre toda la estructura de edades de la población. 
    • Puede estar presente desde el nacimiento, desencadenarse a consecuencia de un accidente o de una enfermedad aguda en la infancia, la juventud o la vida adulta o, más frecuentemente, ir apareciendo a medida que las personas envejecen, como consecuencia de enfermedades crónicas (enfermedad de Alzheimer, artritis, osteoporosis, etc.) o como reflejo de una pérdida general en las funciones fisiológicas, atribuible al proceso global de senescencia.
Autonomía y dependencia son términos aparentemente contrapuestos en su contenido (está afirmación ya se desarrolló en esta entrada del blog y en este episodio del pódcast). Sin embargo, entrelazados ayudan a comprender ese complejo mundo de las personas en situación de dependencia y el de las personas con discapacidad o trastorno mental. 

La autonomía es posible incluso en situaciones de graves limitaciones. Entre la autonomía y la dependencia existe una multitud de formas difíciles de catalogar. Su complejidad viene marcada por la propia vida humana que se resiste a todo tipo de encasillamientos y por la capacidad de las personas para enfrentarse a sus propias limitaciones. 
¿Puede una persona que ha nacido sin brazos trabajar como DJ? En este corto, su protagonista el DJ Pascal Kleiman, es un buen ejemplo de la lucha de una persona con discapacidad para ganar autonomía.

El lenguaje no es neutral. Ley de dependencia o Ley de Promoción de la Autonomia

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia definió un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía: el derecho de las personas que necesitan apoyos para desarrollar las actividades de la vida diaria a recibir la atención necesaria por los Poderes Públicos.

El lenguaje se construye en coherencia con los valores y comportamientos de la sociedad. 

Llama la atención, que de los dos términos es precisamente el término dependencia el que ha asumido todo el protagonismo, se habla de ley de dependencia y del sistema nacional de dependencia (SAAD) y en la CAPV, la referencia a los servicios sociales para la dependencia/riesgo de dependencia. Lo que obedece a la intención de los legisladores de dar respuesta a la dependencia, cuando lo más correcto sería reforzar la autonomia para evitar la dependencia. Esta sobreexposición del concepto de dependencia tiene una profunda carga ideológica sobre la que conviene reflexionar, por sus importantes implicaciones prácticas.

Transcurridos 12 años desde que comenzó a surtir efectos la Ley, el Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia que esta creó, lejos de estar consolidado y en progresión, aparece frágil y decaído, muy lejos de los objetivos de cobertura y satisfacción de necesidades sociales para el que se había programado en 2006. Casi un tercio del total de las personas con prestaciones reconocidas que no la reciben, el llamado “limbo de la dependencia”; recortes generalizados que se exacerbaron a partir del año 2012, con la excusa de la crisis; un copago desbocado en muchos territorios; intensidades de protección muy bajas, casi simbólicas; nulo despliegue de prestaciones verdaderamente promotoras de la autonomía personal, como la asistencia personal, que carece siquiera de regulación de desarrollo; un sistema hiperburocratizado con retrasos y dilaciones intolerables en los trámites, son algunas de las deficiencias más acusadas de este dispositivo que requieren una respuesta política y presupuestaria urgente y de primer orden en opinión de la entidad,

En coherencia, cabe subrayar que algo más del 8% de la población española mayor de 65 años recibe ayudas para la dependencia, lo que sitúa a España por debajo de la media de la OCDE (un 11,4%), aunque muy por encima de países como Italia (4,8%) o Portugal (2,1%). En la actualidad hay 856.452 personas incluidas en el sistema público de la dependencia. Sin embargo, son más de 300.000 personas las que esperan que la Administración reconozca sus derechos y atienda sus peticiones.

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Ejercicios de Repaso:

......................................................................... >Escucha los episodios del pódcast "EL CEPÉ EN INSTITUCIONES" con los contenidos clave de la UF0127:
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Los contenidos, dibujos, resúmenes, casos prácticos, ejercicios y/o tablas de esta entrada han sido creados por Visi Serrano  para https://psicosociosanitario.blogspot.com/, que se distribuyen bajo Licencia Creative Commons BY-NC-SA. A excepción de los símbolos pictográficos utilizados en esta entrada que son propiedad del Gobierno de Aragón y han sido creados por Sergio Palao para ARASAAC (http://www.arasaac.org), que los distribuye bajo Licencia Creative Commons BY-NC-SA.
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