Alimentación e hidratación: buenas prácticas y protocolos

El comer es un acto social y constituye una fuente de placer para la mayoría de las personas. Además tiene un componente de interacción social puesto que se realiza en grupo y estimula las relaciones y la conversación. 

La vida de muchas personas usuarias gira en torno a este momento y constituye el factor principal y, en algunos casos, único punto de interés. Constituye un aspecto clave en la calidad de vida percibida por los residentes y por lo tanto debe ser tratado con especial atención. 

DECRETO 126/2019, de 30 de julio, de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco recoge: 

el servicio de restauración se realizará respetando el cumplimiento de una correcta nutrición, adaptándose en cantidad, calidad y variedad a las necesidades específicas de las personas usuarias. Un profesional con formación en nutrición elaborará las dietas específicas para cada patología. En el caso de dietas especiales o alimentación en boca estas medidas serán prescritas por el médico.

Además contará con los materiales necesarios para administrar técnicas de soporte nutricional; sondas nasogástricas, catéteres de ostomía y sistemas de bombas de infusión.

Protocolo de nutrición e hidratación.

Un registro de menús y, en caso necesario, registros individuales de ingesta

El servicio de cocina podrá ser propio o contratado, debiéndose cumplir en cualquiera de los dos supuestos los requisitos exigidos en la legislación vigente, y en especial, la reglamentación técnica sanitaria sobre comedores colectivos.

En las unidades convivenciales y unidades psicogeriátricas se instalará una cocina de tipo doméstico.


Pautas de actuación en alimentación e hidratación 

• Evitar tendencias a prescripciones restrictivas alimentarias de forma unilateral, potenciando el ejercicio del derecho a la autonomía de la persona usuaria, proporcionándole la información necesaria para que pueda tomar sus decisiones. 
• Se diferencian funcionalmente dos grupos: 

El correspondiente a la alimentación normalizada (con o sin ayuda de tercera persona) y la que se realiza por medio de ciertas técnicas y ayudas (sondas nasogástricas, bombas de alimentación…). 
• La autonomía tiene límites naturales establecidos por principios bioéticos como el de BENEFICIENCIA y NO MALEFICIENCIA y principios normativos como el de PROFESIONALIZACIÓN. 
• Tanto en uno como en otro grupo un factor decisivo es la capacidad de la persona usuaria, en aquellas en las que no está declarada legalmente su incapacidad. • El principio de autonomía tiene un valor de primacía con respecto al resto. Se debe preservar su mayor grado posible en función de una valoración personalizada de riesgos calculados. 
• La prescripción personalizada de las dietas se realizará en función de su consenso con la persona usuaria y/o familiares favoreciendo la asunción del máximo grado de RIESGO CALCULADO. 
• Se deben establecer protocolos y pautas de intervención que den respuesta a situaciones de disparidad entre el profesional, la persona usuaria y la familia en las situaciones límites o de pérdida de capacidad de obrar (no incapacitados legalmente). 
• La no conformidad en situaciones de valoración de riesgo grave entre las partes mencionadas deberán dirigirse, debidamente documentadas por parte de la responsabilidad de la guarda de hecho, a la decisión de autoridad jurídica competente. 
• La utilización de ayudas técnicas para la alimentación de las personas usuarias se realiza exclusivamente como cumplimiento de prescripción facultativa, debidamente consensuada en situaciones de persona con capacidad y nunca se establecerán en función de comodidad o beneficio funcional o de carga para la residencia. 
• La intervención profesional en cualquiera de las dos formas (natural o con ayuda técnica) deberá realizarse con actuaciones de trato personalizado y en la forma debida al respeto y dignidad de la persona usuaria. 
• Se debe evitar la monotonía en la planificación de los menús y su presentación, debiendo potenciarse los menús especiales en fechas señaladas o diferenciación de domingos y festivos. 
• Se propiciará la oportuna difusión de los menús, anunciándolo con la debida antelación. 
• Deben estar debidamente valorados los riesgos de deglución o problemas de masticación a la hora de su confección y presentar los menús de forma individualizada a cada residente. 
• En las personas mayores debe cuidarse la ingesta de agua, cuidándose especialmente de ofertarles a las personas usuarias con pérdida de autonomía y capacidad. 
• En las personas usuarias con problemas de deglución de líquidos se deben utilizar presentaciones adaptadas al efecto como las aguas gelificadas, zumos espesos, espesantes comerciales u otras análogas. 
• Procurar minimizar el efecto del horario restringido en función del personal, con medidas correctoras aportadas por equipamiento necesario de microondas, bandejas calientes… que permitan a la persona usuaria elegir el momento de la cena. 
• Se debe flexibilizar y adaptarse a los ritmos propios de las personas usuarias, sin meter prisa. 
• Propiciar la participación de las personas usuarias en la planificación de menús, aportando ideas o recetas propias y ayudar incluso en determinadas ocasiones con objetivo de potenciar su autoestima. 
• Algunas personas tienen una forma de comer que resulta desagradable por lo que es deseable organizar las comidas de forma que el personal pueda asistirlas discretamente bien en horario diferente o separadas ambientalmente si hay espacio disponible. 
• Informar personalmente de los cambios de dietas por motivos de salud o de dietas especiales por prescripción facultativa. 
• Procurar una decoración atractiva, hogareña y adultiforme del comedor y de los elementos que lo componen, mesas, sillas, manteles y ambientación general. 




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