Para acceder a la aplicación informática que gestiona el servicio de teleasistencia se tiene que estar autorizado. La norma UNE158401:2007: Servicios para la promoción de la autonomía personal. Gestión del servicio de teleasistencia. Estos profesionales son el director/a del servicio, el responsable del centro de atención, el/la coordinador/a, el teleoperador/a, el/a supervisor/a de teleasistencia y el/la oficial técnico de la unidad móvil.
El usuario y la contraseña de acceso a la aplicación informática constituyen el permiso que la entidad que gestiona el servicio de teleasistencia proporciona a cada profesional para el acceso y la protección de los datos de carácter personal de sus usuarios/as. Por ello, como hemos destacado, su utilización tiene un carácter estrictamente personal e intransferible. Además de lo anterior, cabe destacar que cada servicio de teleasistencia cuenta con diferentes puestos de trabajo, con funciones y responsabilidades diferenciadas. Por esa razón, cada puesto podrá tener diferentes perfiles de usuario con diferentes permisos, que darán acceso a la información estrictamente necesaria. Todo el personal que trabaja en el servicio de asistencia domiciliaria no tiene los mismos permisos de acceso y contraseñas
Ejemplo 1:
PERFIL DE ADMINISTRADOR: Tiene acceso al programa y tendrá permisos para crear nuevos usuarios y modificar los existentes.
Ejemplo 2:
PERFIL DE COORDINADOR: Tiene acceso al programa y tendrá permiso para ejercer sus funciones y además puede tener incluidos los permisos del PERFIL DE OPERADOR, debido a que realiza dichas tareas en alguna ocasión.
En términos generales, el personal autorizado para el acceso a la aplicación informática estará compuesto por las diferentes categorías profesionales que pueden distinguirse en el servicio de teleasistencia, de acuerdo con el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de
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Ejercicio: Lee y analiza los siguientes documentos:
Ejercicio:
Consulta el Convenio colectivo de la UTE que gestiona el servicio de teleasistencia público del Gobierno Vasco (BetiON) y responde a las siguientes preguntas:
1. ¿Qué consecuencias tiene para el trabajador revelar a personas ajenas al servicio datos personales y/o teléfonos de las personas usuarias y/o familiares?
2. ¿Qué tipo de falta cometería un teleoperador al dar a conocer el proceso patológico e intimidad de la persona usuaria y cualquier dato de índole personal protegido?
3. Localiza la descripción del puesto de teleoperador/a. ¿Qué se dice sobre la confidencialidad?
4. Lecciones aprendidas
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