Centros libres de sujeciones: las caídas

Algunos de los factores determinantes de fragilidad en la persona mayor aceptados por lamayoría de los autores son los siguientes:
1. Mayor de 75 u 80 años.
2. Pluripatologías.
3. Polifarmacia.
4. Problemas cognitivos o afectivos.
5. Reingreso hospitalario frecuente o reciente.
6. Patología crónica invalidante.
7. Sin soporte/apoyo social adecuado.
9. Pobreza
8. Problemas en la deambulación (caídas frecuentes, miedo a caerse)


Un “Centro Libre de Sujeciones” es toda institución donde residen personas mayores dependientes en el que no se utiliza ningún tipo de sujeción física.

  

Una sujeción física es la limitación de la libertad de movimientos de una persona, o su actividad física, o el normal acceso a cualquier parte de su cuerpo, con cualquier método físico externo aplicado sobre ella, o adyacente a ella, del que no puede liberarse con facilidad.


Si la política de cuidado de dejar a las personas en un ambiente seguro para la libertad de movimientos no se tradujera en claros beneficios para las personas objeto de atención no tendría sentido, pero es bien sabido que evitar las sujeciones es evitar sus consecuencias, que son notorias cuando la persona tiene algo que perder. Son pérdidas de todo tipo tales como la pérdida, de función cognitiva, de funcionamiento físico, pérdida de la continencia, pérdida de la integridad de la piel, pérdida de apetito (riesgo de desnutrición), etc., e incluso muerte súbita y muerte por estrangulación, sin olvidar el sufrimiento psicológico que pueden producir, y que atentaría contra la dignidad humana

Porque nadie es digno con sujeciones.

Si a esos beneficios le añadimos que no se producen más daños o lesiones en las personas mayores por no usarlas y que no es necesario ningún incremento en la plantilla, la verdad es que la invitación a hacer las cosas así es contundente.

Porque hay evidencias de que las sujeciones provocan lo que pretenden evitar: más riesgos de caídas y muerte.

Porque los estudios revelan que las residencias libres de sujeciones son más seguras para las personas mayores dependientes

  • Eliminar las ataduras de las personas mayores no incrementa los riesgos de lesiones por caídas
  • Una mayor masa muscular, menos dolor y mejor estado de ánimo son los principales beneficios de un cuidado libre de sujeciones
  • Más de 58.000 mayores reciben atención con sujeciones innecesarias en las residencias españolas

Y porque lo dice la normativa:

La Legislación Estatal: Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia:

- Artículo 4: Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia: 

“Las personas en situación de dependencia tendrán derecho a disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales, con pleno respeto de su dignidad e intimidad.”

La Legislación autonómica del País Vaco: Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales:

- Artículo 12: Deberes de las personas profesionales de los servicios sociales: a).

“Promover la dignidad, la autonomía, la integración y el bienestar de las personas a las que atienden” para lo cual es necesaria una mejora continua en las prácticas y formas de cuidar, innovando, y acercándonos más a un modelo de atención centrado en la persona cuidada y en sus necesidades, deseos y preferencias

DECRETO 126/2019, de 30 de julio, de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2.– Los objetivos específicos, son: a) Prestar una atención integral a las personas con procesos demenciales en fases moderadas-graves, en el ámbito residencial, con criterios de máxima eficiencia en la utilización de los recursos. b) Minimizar el riesgo de fugas de estas personas de los centros residenciales, por los riesgos que conllevan para su integridad física. c) Evitar en la medida de lo posible las sujeciones físicas y las contenciones farmacológicas, que solo deberán emplearse por indicación del servicio médico responsable del centro y como último recurso en situaciones de riesgo para la persona usuaria o para las demás personas residentes, respetando siempre protocolos específicos de atención.

Artículo 34.– Directrices aplicables en situaciones de riesgo. 1.– Los centros se responsabilizarán de la adecuación de los espacios físicos, de las medidas de protección y control necesarias para las personas usuarias, especialmente en aquellos casos en que, por condicionamientos de índole física o psíquica de las mismas, puedan preverse situaciones de riesgo para su integridad. Así, en el caso de que puedan producirse circunstancias de deambulación o riesgo de fugas, entre otras, se dispondrá de un espacio o tecnología adecuada que garantice la seguridad de las mismas. 2.– Se intentará evitar la utilización de sujeciones físicas, teniendo para ello la posibilidad de asumir determinados niveles de riesgo calculado, pero en aquellos casos que, por condicionamientos de índole física o psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de la persona usuaria o del resto de personas usuarias, una vez descartadas otras opciones y siempre como última alternativa, podrá recurrirse a una medida de sujeción, supeditada a prescripción médica con el preceptivo consentimiento informado y siguiendo los protocolos de actuación del centro, con registro del tipo de sujeción utilizada, motivo y revisión de la misma para su posterior suspensión cuando haya pasado la situación de riesgo.

Sin embargo....

Un centro libre de sujeciones no es un centro libre de caídas

Los centros que utilizan rutinariamente sujeciones son centros donde no hay medidas, ambientales u organizativas, eficaces para prevenir las caídas o los problemas de conducta graves. El uso de sujeciones ancla el desarrollo de los profesionales hacia más conocimientos en ciertas materias, y también hacia más experiencia, inhibiendo la creatividad necesaria para manejar los retos que plantean las personas con demencia, principales “víctimas” de las sujeciones físicas y farmacológicas diarias.

En los centros libres de sujeciones se percibe una mayor confianza de sus usuarios, lo cual mejora la percepción de seguridad legal de los profesionales, que son más capaces de tomar decisiones favorables para la persona mayor sin miedo y sin necesidad de “curarse en salud”, sino mas compartidas con los interesados directos.

El sistema levanta personas Hebix de la firma Aacurat. Se trata de un mecanismo totalmente manual para levantar con poco esfuerzo a una persona que se encuentre en el suelo.Hebix: sistema levanta personas

Como se puede apreciar en el vídeo, el Hebix es totalmente plegable y se puede transportar en una bolsa de viaje. Su peso es de 10,5 kg y ocupa muy poco espacio cuando lo plegamos.

Gracias a su mecanismo inferior tan solo debemos rotar la silla para que una vez llegado el punto superior las patas traseras estabilicen el asiento automáticamente. La fuerza necesaria para levantar a una persona es aproximadamente un cuarto de su peso. Es decir, 20 kg para levantar a una persona de 80 Kg.

Sin duda un producto de apoyo simple y a la vez muy útil también para centros donde pueda haber caídas al suelo. O incluso para domicilios particulares ya que es un dispositivo que ocupa muy poco espacio y es fácil de transportar. Su precio aproximado es de 750€

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