Servicios y prestaciones económicas para las personas en situación de dependencia en Gipuzkoa

Uno de los tipos de gestión personal que tiene que realizar el auxiliar domiciliario o el técnico en atención a personas en situación de dependencia será la de apoyarles en la realización de diferentes gestiones vinculadas al proceso de valoración de la dependencia por el que las personas usuarias pueden tener derecho a una serie de servicios y/o prestaciones económicas. Igualmente el auxiliar de apoyo a domicilio o el profesional de atención sociosanitaria en instituciones debe conocer los distintos recursos existentes en su comunidad para favorecer la plena integración, la calidad de vida y la autonomía de la persona dependiente a la que presta sus servicios, así como para satisfacer sus necesidades convivenciales, de ocio, asistenciales y ocupacionales.

Los recursos comunitarios pueden ser públicos (promovidos por las administraciones públicas: ayuntamientos, Diputaciones..) o privados ( asociaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas).

Los servicios sociales comunitarios, también llamados servicios sociales de base o de atención primaria, están dirigidos a la población en general y son la vía de entrada a los servicios sociales públicos. Ofrecen asesoramiento e información sobre otros recursos y sobre los trámites necesarios para acceder a ellos.

Los servicios sociales especializados tienen funciones preventivas y asistenciales en la atención a determinados sectores de la población.

El departamento de Políticas Sociales pretende cumplir con la responsabilidad pública de la Diputación Foral de Gipuzkoa de garantizar los derechos de la ciudadanía y contribuir así a la mejora de las condiciones de vida de las personas y a la cohesión social en Gipuzkoa, desarrollando esta labor en colaboración con otros agentes sociales. Uno de sus ejes de actuación es la Atención a la dependencia y la discapacidad
En la la Ley de Promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia (LAPAD) se crea un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos. Esto quiere decir que cómo mínimo en Gipuzkoa se tienen que ofertar las Prestaciones y Catálogo de servicios de atención  que se recogen en dicha ley.
Los cambios socioeconómicos y sociodemográficos que han ido sucediendo han traído consigo un incremento importante de las personas mayores con limitaciones en su autonomía, aumentando tanto las necesidades y demandas de atención y prevención, como la necesidad de apoyo a las familias, debido, entre otras causas, a un cierto debilitamiento del apoyo social informal.
A través de los programas y servicios, centros y ayudas económicas puestas a disposición se contribuye a dar una respuesta firme, sostenida y adaptada a las necesidades de las personas mayores, a sus familias y a los colectivos relacionados, dando prioridad a la cobertura de las necesidades de aquellas personas con mayor dependencia y adecuándose cada vez con mayor eficacia a los retos planteados por el modelo sociedad actual.

Las personas con discapacidad son sujetos de pleno derecho a todos los niveles, sin embargo en su interacción con el medio social surgen barreras debidas a la actitud y al entorno, que a menudo impiden su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.
La DFG ofrece una amplia gama de programas, servicios y prestaciones encaminadas a garantizar la autonomía personal, la libertad y la independencia y la participación e inclusión plena en la comunidad de aquellas personas cuyas capacidades psíquicas, mentales, físicas o sensoriales se hallan disminuidas. Asimismo se promueve el respeto por la diferencia como parte de la diversidad y la condición humana, la accesibilidad y la igualdad entre mujeres y hombres.

Comentarios