El DECRETO 126/2019, de 30 de julio, de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco exige desde el 2017 que se dispongan de Protocolos de actuación que como mínimo incluyan:
Protocolos de Atención Inicial:
Protocolos de Atención Integral continuada:
Protocolos de Atención Biosanitaria:
– Protocolo de actuación terapéutica y gestión de medicación.
– Protocolo de actuación en úlceras por presión.
– Protocolo de actuación en casos en los que se sospeche o detecte una situación de maltrato o abuso.
– Protocolo de prevención y tratamiento de caídas.
– Protocolo de prevención y tratamiento de infecciones.
– Protocolo de prevención y tratamiento de la agitación psicomotriz.
– Protocolo de prevención y tratamiento del pie de riesgo/pie diabético.
– Protocolo de higiene y cuidado personal.
– Protocolo de nutrición e hidratación.
– Protocolo de eliminación e incontinencia.
– Protocolo de sujeciones físicas o contenciones farmacológicas.
– Protocolo de urgencias sanitarias.
– Protocolo de acompañamiento a consultas sanitarias.
– Protocolo de atención al final de la vida.
– Protocolo de prevención y tratamiento de la disfagia orofaringea
– Protocolo de prevención y tratamiento de los trastornos de la comunicación y del lenguaje.
– Protocolo de transporte de muestras biológicas a los laboratorios.
Protocolos de Atención Psicosocial:
– Protocolo de resolución de conflictos.
– Protocolo de atención familiar continuada.
– Protocolo de decisiones personales.
– Protocolo de fugas.
– Protocolo de malos tratos.
– Protocolos de atención con la fiscalía.
– Protocolo de estado anímico y comportamiento.
Protocolos de finalización.
– Protocolo de baja (renuncia, traslado).
– Protocolo de fallecimiento
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